Cómo Solicitar Ayuda Financiera
Si no tiene ingresos o sus ingresos son bajos y no puede pagar los honorarios de la ADR, puede solicitar ayuda financiera.
Llene la Solicitud de ayuda financiera para la ADR. El personal de la ADR de la corte no compartirá información con las otras partes.
Si el juez ya ordenó una exención de honorarios para usted en su caso, solo necesita completar una parte de la solicitud. Entregue la solicitud anexando su orden de exención de honorarios, en lugar de llenar la información financiera de la solicitud.
El personal de la ADR usa pautas federales sobre pobreza para decidir si usted reúne los requisitos para la ayuda financiera. El personal de la ADR examinará las circunstancias especiales de cada caso. Si sus ingresos son mayores a las pautas federales sobre pobreza, la Oficina de la ADR le puede pedir que pague parte de los honorarios de la ADR.
No. Las otras partes nunca tienen que pagar nada más que su parte de honorarios de la ADR, a menos que elijan hacerlo.
No. Las otras partes nunca tienen que pagar nada más que su parte de honorarios de la ADR, a menos que elijan hacerlo.
Sí. Este es un proceso de dos pasos. Primero, usted debe hacer la solicitud y luego le avisaremos si reúne los requisitos. Después de eso puede seleccionar a un proveedor de ADR.
Usted y las otras partes seleccionan cuatro nombres de una lista especial de panelistas. Esta lista contiene los proveedores de ADR que están disponibles para los casos de honorarios limitados. Después de seleccionar a los cuatro posibles proveedores de ADR, proporcione estos nombres al Programa ADR. El Programa ADR le asignará a uno de estos panelistas para que sea el proveedor de ADR para su caso y le avisará quién es.
Sí. Si usted reúne los requisitos de la ayuda financiera, el Programa ADR seleccionará uno de los cuatro nombres que usted eligió de la lista. No contacte al proveedor de ADR hasta que la oficina de la ADR le avise a quién asignó para su caso.
Sí. Todos nuestros panelistas están dispuestos a aceptar estos casos porque consideran que todos debemos tener derecho a usar la ADR. El personal de la ADR trata de distribuir estos casos equitativamente entre los panelistas.
Dentro de los 14 días siguientes a que el Programa ADR le informe a quién ha asignado para su caso, usted y las otras partes deben presentar una Estipulación y Orden de ADR ante la corte. Use el formulario correcto para su tipo de caso:
Para casos civiles: Estipulación y Orden de ADR
Para casos testamentarios: Estipulación y Orden de ADR Testamentarias
Este formulario le indica a la corte el nombre de su proveedor de ADR y la fecha de la sesión ADR programada.
Después de que la oficina de la ADR le informe quién será su proveedor de ADR, usted y las otras partes deben:
- contactar directamente al proveedor de ADR; y
- fijar una hora para su sesión ADR.
Dígale al proveedor de ADR que lo refirió el Proyecto ADR de Opción Múltiple "MAP" de la Corte Superior de San Mateo.
Por favor contacte al personal al (650) 261-5075 o (650) 261-5076.